Gestión energética de edificios

Según la directiva 2010/31/UE del parlamento europeo, aproximadamente el 40% del consumo de la energía primaria de Europa corresponde a los edificios.

Por ello, La Unión Europea, a través del desarrollo de la directiva denominada Buildings Energy Performance Directive, exige a los estados miembros que:

  • (a) después del 31 December 2020, todos los nuevos edificios nuevos serán edificios de consumo energético casi cero; y
  • (b) a partir de diciembre de 2018, los edificios ocupados y propiedad de las administraciones públicas serán edificios de consumo energético casi cero.
     
      

Este horizonte hace muy recomendable que todo edificio cuente con un plan de ahorro y eficiencia energética.

 

Auditoría Energética en Edificios

 
Y todo plan de ahorro o eficiencia energética, debe comenzar por un estudio o auditoría pormenorizado de la situación, donde se tendrá muy presente lo recogido en el Código Técnico de la Edificación (CTE) y el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE).
 

De todo esto, se prestará especial atención a las exigencias básicas del Documento básico de Ahorro de Energía (DB HE) del CTE:

  • HE1: Limitación de la demanda energética
  • HE2: Rendimiento de las instalaciones térmicas.
  • HE3: Eficiencia Energética de las instalaciones de iluminación.
  • HE4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.
  • HE5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.

Con toda la información obtenida en el estudio, considerando los usos y necesidades del edificio, y las normativas existentes, se diseñará un plan de actuación con medidas concretas, en función del horizonte temporal marcado y de las mejores soluciones exitentes en el mercado.

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